La tía Rosario murió sin hacer testamento ️🤦
Para poder liquidar su herencia, se deberán realizar toda una serie de gestiones.
Yo soy Joaquín, el hijo de la tía Carmen, y me encargaré de coordinar los pasos necesarios
para poder liquidar dicha herencia.
¡Pero necesitaré vuestra colaboración!
Tras consultar con un notario, el proceso a seguir cuando no existe testamento es el siguiente:
Fase 1 (finalizada)
Recopilación de documentación para poder acreditar a los herederos legales.
Fase 2 (finalizada)
Redacción del documento oficial de Declaración de Herederos por parte del notario, que identifica
ante la ley quiénes son los herederos legales.
Fase 3 (finalizada)
Cada heredero deberá decidir si quiere aceptar o renunciar a su parte.
Fase 4 (en curso a Noviembre de 2023)
Firmas de aceptaciones y renuncias ante notario.
Fase 5 (pendiente)
Repartición de los bienes de la herencia.
Según el Código Civil de Cataluña, éstos son los hererederos que tienen derecho a una parte de la herencia,
junto con sus porcentajes:
1 - Carmen López Pardo (hermana): 20%
2 - Teresa López Pérez (sobrina): 8%
3 - José Luis López Pérez (sobrino): 8%
4 - Alberto López López (sobrino): 8%
5 - Ángela López López (sobrina): 8%
6 - Álvaro López López (sobrino): 8%
7 - Luis López López (sobrino): 8%
8 - Manuel López López (sobrino): 8%
9 - Rosa López Pardo (sobrina): 8%
10 - Carlos López del Pino (sobrino): 8%
11 - Sergio López del Pino (sobrino): 8%
Lo podéis observar también en el siguiente gráfico (podéis hacer click en la imagen para ampliarla):
Según el Código Civil de Cataluña:
1 - Si la persona causante no tenía cónyuge ni hijos y los padres son difuntos (como es el caso de Rosario),
la herencia se reparte entre los hermanos.
2 - Si un hermano está vivo, recibe su parte correspondiente (como es el caso de la hermana Carmen).
3 - Si un hermano es difunto sin descendencia (como es el caso de los hermanos Faustino, Félix y Basilio),
no se le asigna parte.
4 - Si un hermano es difunto con hijos difuntos (como es el caso de los hermanos Leonardo e Isaura),
no se le asigna parte, existan nietos o no.
5 - Si un hermano es difunto con hijos vivos (como es el caso de los hermanos Manuel, Ricardo, Dolores y José),
son los hijos los que heredan (es decir, los sobrinos de Rosario).
6 - Si concurren en la herencia sobrinos de varios hermanos (como es el caso),
todos los sobrinos recibirán partes iguales.
7 - Si un sobrino fallece posteriormente a la persona causante (como es el caso de los sobrinos José Luis,
Alberto y Manuel), su parte se transmite a sus herederos legales.
Os paso el link del
Código Civil de Cataluña, por si queréis
consultarlo (los artículos que afectan a este caso son los artículos 442-9, 442-10 y 461-13).
Si tenéis cualquier duda, enviadme un email a herenciatiarosario@gmail.com
y os la resolveré.